Por incompatibilidad de caracteres, cónyuges podrán solicitar el divorcio tras 6 meses de matrimonio

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Los diputados aprobaron un proyecto de ley que adiciona un inciso al artículo 48 del Código de Familia, para establecer como causal de divorcio la incompatibilidad de caracteres, después de transcurridos seis meses desde la celebración del matrimonio.

La iniciativa tuvo el respaldo de 30 legisladores y la oposición de 14. No estuvieron de acuerdo las bancadas de Restauración Nacional y el bloque independiente que responde al partido Nueva República.

Aunque una moción liderada por Mileidy Alvarado, de Restauración Nacional, logró ampliar ese plazo a un año. No obstante, minutos después con la incorporación de otros legisladores, principalmente del Partido Liberación Nacional (PLN), se solicitó una revisión de esa votación y se logró revertir el aumento del tiempo que las parejas deberán esperar.

Durante la defensa, Alvarado recurrió a la figura del matrimonio que se quiere presentar ante las nuevas generaciones. Mientras la independiente Ivonne Acuña hizo énfasis en que ese período de 12 meses era prudente para buscar algún tipo de terapia de pareja.

Según se indica en el texto aprobado:

la acción de divorcio sólo puede establecerse por el cónyuge inocente, salvo en los casos de las causales de los incisos 8) y 9) del artículo 48, en los que podrá ser presentada por cualquiera de los cónyuges. La demanda deberá entablarse dentro del plazo de un año contado desde que la parte actora tuvo conocimiento de los hechos que la motiven.

Actualmente el inciso 8 del artículo 48 del Código de Familia estipula que «la separación de hecho por un término no menor de tres años».

Esclavitud

Aunque votaron a favor, las diputadas Zoila Rosa Volio – independiente – y Paola Vega – del Partido Acción Ciudadana -, criticaron el hecho de haber aumentado de seis meses a un año para ese causal de divorcio.

Según Volio se está interviniendo en la intimidad y autonomía de una pareja, imponiéndoles un año de convivencia aunque ya no haya un vínculo.

«Es casi una esclavitud física, emocional, mental de tener que vivir con alguien que ya uno no soporta. Pongámosnos a pensar en eso, estamos violando un derecho de la persona de decidir si quiere seguir viviendo con el otro o la otra y hoy los estamos condenando con una sentencia de que tienen que estar un año (juntos)», señaló.


Volio también argumentó que cuando se está al lado de una persona sin quererlo, se puede llegar a la violencia emocional, psicológica y física.

En esta misma línea, Vega consideró que no se puede obligar a una persona estar en matrimonio, ya sea hasta por aburrimiento, problemas graves o económicos.

El segundo debate se dará el 11 de febrero

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