Norma técnica contra aborto otra vez a Sala IV

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Diputados del Partido Restauración Nacional presentaron este viernes una acción de inconstitucionalidad contra la norma técnica del aborto terapéutico.

La bancada es enfática al alegar que dicha norma violenta “los principios de reserva de ley en el régimen de derechos fundamentales (artículo 28 de la Constitución Política), reserva de ley en materia penal (artículo 39 de la Constitución Política), legalidad (artículo 11 de la Constitución Política), seguridad jurídica, separación de poderes (artículo 9 de la Constitución Política) y la potestad de legislar otorgada de forma exclusiva y excluyente a la Asamblea Legislativa (artículo 121, inciso 1 de la Constitución Política)”.

“El Poder Ejecutivo se extralimitó en sus funciones y ha invadido un campo que le corresponde a la Asamblea Legislativa. La regulación en materia penal es potestad exclusiva del Congreso. Seguiremos defendiendo la vida del no nacido y la de su madre”, sentenció el legislador Carlos Avendaño, quien tildó de prepotente al gobierno de Carlos Alvarado.

“Es improcedente que vía decreto se pretenda modificar el contenido del artículo 121, trasformando el sentido de la norma, en la que el criterio médico pasa a un segundo plano, violentando el ordenamiento jurídico y la separación de poderes.

Dicho artículo está vigente desde inicios de los setenta y los médicos han aplicado esa disposición desde entonces, y sin problemas. No han necesitado una norma técnica, que en realidad es hecha de forma política, que les diga a los médicos cómo hacer su trabajo”, agregó.

De acuerdo con la agrupación política, la acción también argumenta una severa “indeterminación jurídica respecto al concepto ‘salud’ en el marco del decreto cuestionado, lo cual es particularmente sensible, pues este es un criterio que se utilizará para determinar si se realiza una ‘interrupción del embarazo’ en los términos dispuestos por el artículo 121 del Código Penal”. 

Los congresistas solicitan a los magistrados declarar inconstitucional la norma técnica, “así como ordenarle al Poder Ejecutivo que se abstenga de modificar leyes mediante reglamentos y de invadir las potestades conferidas constitucionalmente, de forma exclusiva y excluyente, a la Asamblea Legislativa”. La Sala Constitucional dio curso a una acción de inconstitucionalidad que presentaron los diputados Shirley Diaz, Erick Rodríguez y Dragos Dolanescu.

¿QUÉ ES LA NORMA TÉCNICA DEL ABORTO TERAPÉUTICO?

Es un protocolo firmado por el presidente Carlos Alvarado y el ministro de Salud, Daniel Salas, en diciembre de 2019 para la interrupción terapéutica del embarazo en casos en que la vida o la salud de la mujer estén en peligro, según lo estipulado en el artículo 121 del Código Penal, vigente desde 1970.

El Ministerio de Salud elaboró el texto de esta norma, que se envió el martes a consulta obligatoria y no vinculante a la Caja Costarricense de Seguro Social.

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